Psicodélicos y legalidad
En 1971, las Naciones Unidas adoptaron un tratado llamado Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, que en esencia hizo que la posesión, la venta, la distribución y el uso de muchas drogas, incluidos los psicodélicos, fueran ilegales en todo el mundo, excepto para fines científicos.
El marco del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de las Naciones Unidas (ONU) para el control internacional de las sustancias psicotrópicas (aquellas que afectan al funcionamiento del cerebro y provocan cambios en el estado de ánimo, la conciencia, los pensamientos, los sentimientos o el comportamiento) clasifica las sustancias en una de las cuatro Listas (I a IV) o las deja sin clasificar si no se percibe ningún daño (por ejemplo, la cafeína).
Las que se perciben como menos dañinas y con una aplicación médica, como el midazolam, se enumeran en la Lista IV. Las que las Naciones Unidas no perciben ningún beneficio médico y son las más perjudiciales, figuran en la Lista I.
La psilocibina, el MDMA, el DMT y el LSD están incluidos en la lista I de la convención. La ketamina, que figura en la lista de medicamentos esenciales de la OMS, no es una sustancia controlada. La ayahuasca no está específicamente controlada, aunque los componentes individuales que la componen sí lo están, incluida la DMT, que figura en la Lista I.
EE.UU y Canada son dos de los países que más están avanzando en la regulación de psicodélicos. En la siguiente tabla podemos ver una clasificación legal de los psicodélicos incluyendo la legislación americana y canadiense.